LA HABANA, Cuba, noviembre, 2011, www.cubanet.org -Hace algunos días, encontré publicado en la prestigiosa página digital Cubanet un artículo de la colega Leannes Imbert, titulado La Biblia no es un tratado de sexología, en el que la periodista lamenta que muchas personas dentro de la sociedad civil impugnen la homosexualidad basándose en la Biblia, o en lo que interpretan de ella.
Sobre la afirmación en su artículo: “son muchos los cristianos que son a la vez lesbiana, gay, bisexuales y transgéneros que aman a Dios y toman muy en serio las escrituras”. Yo le respondo con el siguiente comentario.
En el libro de J. León de la Biblioteca electrónica CompuBiblia Caribe, Lo que todos debemos saber sobre homosexualidad, 1976, el autor plantea. “La Biblia no dice nada específicamente acerca del estado homosexual, pero condena explícitamente la conducta homosexual. El alcance de dicha censura, empero, debe determinarse cuidadosamente. Con harta frecuencia ha sido utilizada como herramienta de una polémica homofóbica que va demasiado lejos”.
La interpretación de los relatos de Sodoma y Gomorra (Gen 19.1-25; Jue.19.13-20.48 es un buen ejemplo de ello. Debemos resistir, dice el mencionado autor, la afirmación ampliamente citada de D. S Bailey de que el pecado que Dios condenó en estas ocasiones fue la ruptura de la etiqueta de la hospitalidad, sin que tuviera connotaciones sexuales, para el (no aplica adecuadamente ni el doble uso de la palabra “conocer” (Yada) ni la razón del ofrecimiento sustitutorio de las hijas de Lot y de la concubina del levita): pero ninguno de los dos relatos equivale a una condenación lisa y llana de todos los actos homosexuales. En ambas ocasiones el pecado que se condena es el intento de llevar a cabo una violación homosexual, y no una relación homosexual amorosa entre parte que consienten. Y efectivamente, la fuerza de las restantes referencias a la homosexualidad en el Antiguo Testamento esta igualmente limitada por el contexto en que se encuentran.
Históricamente, el comportamiento homosexual estaba ligado a la prostitución cúltica e idolátrica (1R14.24; 15.12; 22.46). Las advertencias de la ley levítica (Lev. 18.22; 20.13) están dirigidas principalmente y al mismo tiempo a la idolatría; la palabra “abominación” (Toebá), por ejemplo, que aparece en ambas referencias, es un término religioso usado a menudo para las practicas idolátricas. Vista estrictamente en su contexto, entonces, estas condenas en el Antiguo Testamento se aplican a la actividad homosexual llevada a cabo en contexto idolátrico, pero no necesariamente tienen vigencia más amplia.
Sin embargo, véase que, en la epístola a los Romanos capítulo 1, Pablo condena los actos homosexuales, juntamente con la idolatría (v. 23-27), pero su encuadre teológico es más amplio que el de Levítico. En lugar de tratar la conducta homosexual como expresión de culto idolátrico, atribuye ambas cosas al “intercambio” equivocado, hecho por el hombre caído, al apartarse de la intención de su creador (v25). Vista desde esta perspectiva, todo acto homosexual es antinatural (v. 26), no porque vaya en contra de la orientación natural del individuo (cosa que desde luego no debe hacer) sino porque va en contra del plan de Dios cuando creo la expresión de la sexualidad humana.
El apóstol de la gracia hace dos referencias más a las prácticas homosexuales en otras epístolas. Ambas aparecen en la lista de actividades prohibidas y provocan la misma nota condenatoria; en 1 Co 6.9 se incluyen a los homosexuales practicantes entre los inicuos que no heredarán el reino de Dios, pero con el agregado de la nota redentora “estos erais algunos”
Jesús ama a los pecadores, pero aborrece el pecado. Mediante su muerte en la Cruz dio la gran oportunidad -siempre que haya arrepentimiento- de la redención, el perdón y la salvación.
Recordando que no obstante de todas maneras Jesucristo es anunciado como dice Filipenses 1:15-18.
*El autor es un periodista independiente radicado en Cuba, que edita el Blog Leon libre de Cuba.
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